lunes, octubre 09, 2017

La Justicia de Bahía redescubre el MIniver





He visto la información periodística sobre el fallo del tribunal federal de Bahía Blanca en la causa V Cuerpo de Ejército. No se aparta de una matriz conocida en los juicios de este tipo, donde el copy and paste permite con  anticipación saber cuáles serán los argumentos con los que habrán de fulminarse "los crímenes de lesa humanidad en el marco del genocidio sufrido por nuestro país en la última dictadura cívico-militar".  
Pero observo que exige, cuando  la sentencia esté firme, que el diario local "La Nueva Provincia" rectifique sus informaciones de entonces respecto de detenciones o abatimientos de subversivos. Allí  debe decir secuestro, tortura o fusilamiento, todo ello “como acto moralmente reparatorio y de reconstrucción de la memoria”.  Han reinventado los jueces bahiítas el Minitrue o Miniver, el Ministerio de la Verdad de "1984", y tendrán que contratar a varios Winston Smith para que dediquen a la reescritura de la historia y recomposición de la memoria. Tenía razón una de las afirmaciones del tríptico que adornaba la fachada del Miniver: "la ignorancia es fuerza". Y mucho más cuando viene arropada bajo formato de sentencia judicial.


viernes, octubre 06, 2017

¿HACIA LA POSESPEÑA?


¿HACIA LA POSESPAÑA?

 

Luis María Bandieri

 


Cataluña quiere separarse de España y España no sabe qué hacer con ella. Más bien, ya España no sabe muy bien quién es ella misma. En el curso de poco tiempo, una historia de quinientos años, aquellos “muros de la patria mía” de que hablaba Quevedo,  se han ido desmoronando  hasta convertirse en ruina. Dicen desde Madrid que es una cuestión de atenerse a la legalidad, y  repiten el mantra consabido de que es una cuestión que sólo cabe solucionar dentro del Estado de Derecho, con más democracia.  Por cierto, el problema ya ha excedido con mucho las mallas frágiles de la legalidad. Se trata de una cuestión de legitimidad que, como decía el siempre actual Schmitt, es el campo donde hoy se ubica, bajo el punto de vista del Derecho, la cuestión de la obediencia y de la resistencia al mandato.

Lo que se muestra ilegítimo en España es el tinglado constitucional de 1978, forma de salir del  apuro de la llamada “transición”, en donde jugó un papel importante el hoy olvidado Manuel Fraga Iribarne.  Aquel galpón jurídico provisorio estableció una especie de comunidad de intereses creados entre gobierno nacional y comunidades autónomas.  Se estableció  a ese efecto un híbrido entre la unidad de régimen y la articulación federativa, que son las autonomías, con un doble juego: la comunidad autónoma, entendida como nacionalidad, no puede imponer al Estado un estatuto autonómico con que el Estado no esté de acuerdo, por una parte, y por la otra, el Estado no puede imponerle a las comunidades autónomas un estatuto que no esté aprobado en referendo por el electorado de cada comunidad en cuestión. Todo ello sostenido en el Estado de partidos, un secuestro de la forma de gobierno democrática en los papeles por un reparto  de poder y ventajas efectuado por una casta política en las trastiendas, tanto en el régimen de Madrid como en el de Cataluña y las demás comunidades de España. En el 2006 el Congreso español aprobó un estatuto autónomo para Cataluña que, por gestión del gobierno, fue declarado en buena parte contrario a la ley suprema del 78  por el Tribunal constitucional  nacional en 2010.  De allí que en este momento Cataluña esté regida por un estatuto que no fue aprobado por la ciudadanía catalana.  Ante el estallido del proceso independentista, el gobierno central vacila en poner en ejecución el art. 155 de la constitución, que suspendería la autonomía catalana y haría caducar sus autoridades: sería necesario mandar un virrey a Barcelona. Cuando las fuerzas del orden no han podido manejar las votaciones del 1-O, parece fuera de quicio imaginar un visorrey a la cabeza del ejército desfilando como fuerza de ocupación  por las Ramblas.

Rajoy ensayó hasta el final la ficción legalista: “la guerra de Troya nunca tuvo lugar”, el referendo nunca sucedió. El legalismo extremo puede llegar a negar la verdad efectiva de las cosas. Pero ello ocurre cuando la legalidad ya está difunta. La constitución del 78 no rige en España, ha pasado a ser tachada de ilegitimidad  y –desde luego- si se abriese un proceso constituyente para reemplazarla el resultado sería peor, ya que sólo pueden ser imaginados desde el campo del delirio los insertos que la progresía querría encajar en el nuevo texto, a mayor gloria de la democracia constitucional.

 

En estos trances se requiere el gran político que asuma la decisión de revestirse de la legitimidad que plantea un orden  y un nuevo comienzo, a partir del cual desarrollar la legalidad consecuente. No se lo ve en España. “El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia”, dice la constitución del 78.  Aquí el rey Felipe VI apareció tarde para hablar en nombre de la legalidad del 78, cuando lo que está en juego es la permanencia de una comunidad histórica, cultural, política y económica de cinco siglos. José Antonio Primo de Rivera, sobre los separatismos, por encima del amor romántico al terruño, colocaba la “unidad destino en lo universal”, la razón clásica de España. Esa unidad de destino hoy no hay quien la quiera ni la pueda  invocar. ¿Posespaña?.-

 

domingo, julio 23, 2017

LA CORTINA DE NOPAL








El  3 de julio pasado falleció el pintor, escultor, grabador, fotógrafo y escritor mexicano José Luis Cuevas, nacido en 1934. Sé que no digo mucho al lector argentino, salvo  -quizás- al especializado  en las artes plásticas. Tampoco  este cronista bloguero  cuenta con  esa especialización. Quiero destacar, en cambio, un rasgo de este artista ya ido que considero muy importante: su  impugnación  de una escuela artística, el muralismo mexicano, que aunque había producido obras de excepcional valor,  con la carga ideológica  comunista de buena parte sus cultores  y con la pareja facilidad de la mano abierta del sostén estatal para aquellos,  había entrado en la decrepitud de un arte oficial y oficialista, “revolucionario” de proclama y “popular” por imposición.

En 1951, el jovencísimo Cuevas escribe un certero panfleto, bajo el título de la “La Cortina de Nopal”. Eran tiempos de la guerra fría, cuando se hablaba de una “cortina de hierro” que circundaba el espacio soviético y, también, de una “cortina de bambú” que encerraba el mundo maoísta. En México,  sostenía Cuevas, se vive en el arte tras una “cortina de nopal” –el nopal es lo que aquí llamamos la tuna.  





David Alfaro Siqueiros,  ese Sileno subtropical, capitoste de la corriente muralista, famoso además por haber  fracasado en su intento, ordenado por Stalin, de liquidar al  desterrado León Trotsky, había sentenciado para uso de futuros artistas: “no hay más ruta que la nuestra”. 





 No se me escapa que toda nueva orientación en arte acusa a la  hasta entonces existente de no ser acabadamente artística, hasta llegar a nuestro punto actual en que destruida la base y asiento de todo arte, hemos llegado al tiempo  de las meras “intervenciones” (donde León Ferrari ha descollado); pero esta es otra historia y, quizás, otro post. Volviendo a Cuevas, que habrá de encabezar la “generación de la ruptura”,  da en el blanco  con su denuncia, escrita bajo la  crónica satírica de un joven artista que debe resignarse, siguiendo la “única ruta” establecida tras las espinas del cerco de tuna,  a producir maquinalmente mamarrachos murales revolucionarios y comunoides,  para recibir el correspondiente estipendio gubernativo.

El muralismo mexicano nació en el primer cuarto del siglo pasado con la finalidad de instruir visualmente al pueblo sobre una interpretación  de la historia mexicana que,  como se afirma en el excelente blog “El Mundo según Yorch”, intentaba mostrar “la imposible continuidad  entre época prehispánica-independencia-liberales-revolución-PRI”,  de acuerdo con la inspiración del gran educador que José Vasconcelos. Una Biblia mural de la mexicanidad que, pasado su apogeo, terminó siendo una fábrica de adefesios reiterativos.  Sus figuras, especialmente en la obra de  Siqueiros y Diego Rivera,  se fueron asentando en la ideología del marxismo que tiñó la reivindicación nacionalista e indigenista de lucha de clases  con final feliz para  el  PRI, hasta establecerse como dogma oficial monocolor  financiado con los dineros públicos saqueados desde la nomenklatura gobernante. 







Octavio Paz, que llamó a ese Estado mexicano  “el ogro filantrópico”, señalaba su “repugnancia moral” frente al “arte comprometido”, que simplemente era arte oficial y literatura de propaganda.  De los grandes muralistas, Paz rescata a José Clemente Orozco, precisamente por su carencia de ideología y su expresión, ante la revolución “institucionalizada” y gobernante, de  desilusión, sarcasmo y búsqueda. Cuevas también rescatará la figura de Orozco y la de su maestro, Rufino Tamayo, que lo impulsó a hacer algo diferente. Recíprocamente, Paz señaló en un poema, con referencia a Cuevas, que “desde el fondo del tiempo, desde el fondo del niño, cada día, José Luis dibuja nuestra herida".

México, como otros tantos países de nuestra ecúmene hispanoamericana, incluido el nuestro,  ha vivido también, desde el punto de vista político y cultural, tras una “cortina de nopal”.  Ahora fue la cortina del TLCAN, Tratado de Libre Comercio de la América del Norte. Veintitrés años después de su firma,   se comprueba que a cambio de una industria de maquiladora, que representa nula inversión real, destrozó su mundo agrícola,  y obligó a casi tres millones de compatriotas a intentar la entrada a los EE.UU. a como diera lugar. El “beneficio” de esta sangría demográfica consistía en las remesa de los emigrados. Vasto programa “revolucionario” al que Donald Trump, que propicia la revisión del convenio, quiere ponerle fin. Ofrenda  inesperada  que viene del norte del Río Bravo para la recuperación de las raíces permanentes del México hispanoamericano.




jueves, julio 13, 2017

EL DILEMA DE GIGIO






Gianluigi (Gigio) Donnarumma es un gran arquero. Juega en el Milan e integra actualmente la selección italiana, donde se ha lucido atajándole penales a los mejores de entre los adversarios. Sobresale  como guardavallas en un país que dio a Dino Zoff y a otro Gianluigi, Buffon, que son hoy casi leyenda. Hace poco, un  periodista le preguntó por qué no lleva piercings o porta tatuajes, como casi todos sus colegas, y respondió: “porque papá no me deja”.   Es que  Gigio –clase 1999-  llegó a la titularidad del Milan y a la selección a los dieciséis años. Este año tenía que rendir su esame di maturità, esto es, el examen final del ciclo secundario. Le había prometido a la ministro de Educación, Valeria Fedeli,  una sindicalista del ramo,  que para ejemplo de la juventud italiana iba a cumplir con el trámite y obtener su diploma. La ministro gargarizó entonces este contorsionado apotegma: “las piernas y la cabeza pueden estar juntas”. Pero Gigio lo pensó mejor y el día del examen voló para Ibiza con su novia, en el avión privado  de su representante. Detalle casi nimio: venía de firmar con el Milan  un contrato que le asegura seis millones de euros por temporada.

Y ya tenemos planteado  el dilema que se le presentó a Gigio:  rendir examen o ir a celebrar a Ibiza con su amichetta el nuevo  y millonario contrato. Exprimirse unas horas la sesera en un aula presumiblemente mal ventilada  o  darle el gusto una semanita a las  piernas   y a todo lo que va del epigastrio para abajo. ¿Difícil?  Cierto, si consideramos la escuela como un lugar donde se va obligadamente, en el mejor de los casos, a obtener las destrezas necesarias para el día de mañana conseguir un trabajo en un mercado mezquino donde sólo algunos lograrán la oportunidad, la elección  no resulta ardua. Gigio ya tiene ese trabajo, bien pago como para proyectarlo al nivel de los rich and famous, y subirse al jet privado rumbo a las Baleares es la única elección conforme a ciencia e inconciencia. Si la medida de todas las cosas es el dinero, y el escuálido know-how que proporcional la escuela no sirve de receta para triunfar en la brega por el  contante, entre Cristiano Ronaldo y el patituerto Sócrates el plebiscito ya tiene asentado el ganador. Ni el pan, ni el dinero ni las playas de Ibiza, para seguir con la anécdota, han debido ser declarados obligatorios para que público los anhele y los persiga. La escuela  como centro de enseñanza, en cambio, sí. Massimo Gramellini, comentando  la elección de Gigio, escribió que ella tiene la ventaja de inscribirlo instantáneamente en otra escuela, más selecta y menos esforzada, la de los ricos ignorantes, donde –concluye- “no correrá jamás el riesgo de sufrir soledad”.   Después de todo, los griegos con la palabra sjolé designaban, originariamente, el ocio y el tiempo libre.-



martes, julio 11, 2017

SCOTUS CONFIRMA UNA ORDEN EJECUTIVA DE DONALD TRUMP




La prensa local, en su momento,  informó con amplitud acerca de las medidas cautelares de suspensión, emanadas de varios jueces federales, de la orden ejecutiva 13769, del 21 de enero pasado, firmada por Donald Trump, referida a la posibilidad de impedir el ingreso a los EE:UU. de extranjeros provenientes de siete países del Mediterráneo oriental donde se profesa la fe islámica. La justificación del decreto era la seguridad nacional, para prevenir actos de terrorismo. Los jueces cautelantes consideraron que la medida  traslucía un prejuicio contra el Islam antes que una defensa del país y resultaba, en consecuencia, inconstitucional.  El presidente de los EE.UU. criticó los fallos y manifestó que iba a apelarlos. Sin perjuicio de ello, emitió el 6 de marzo una nueva orden ejecutiva, la 13780, donde se aclaraba la anterior en el sentido de considerar caso por caso cuando el extranjero tuviese un vínculo previo con los EE.UU.  Quedaba firme la prohibición para aquellos que no pudiesen acreditar relación previa alguna con la Unión.


Pero el 15 de marzo, un juez federal del distrito de Honolulu del Estado de Hawaii, rechazó los argumentos del Ejecutivo de que las restricciones contenidas en la nueva orden ejecutiva 13780 tuvieran por objeto la seguridad nacional, sino que las consideraba motivadas por sentimientos antiislámicos. Otro juez federal, esta vez de Maryland, a instancias  de una demanda presentada por la Unión Americana de Libertades Civiles y por otras organizaciones en representación de inmigrantes, refugiados y sus familias,  también ordenó la suspensión del mismo decreto por iguales razones.

El 26 de junio último, la Corte Suprema de los EE. UU. (Supreme Court of the United States- acrónimo SCOTUS) falló en “Donald Trump v. International Assistance Project”, confirmando la constitucionalidad del decreto, más allá de las particularidades del caso, que concernía a ciudadanos de los países afectados que habían sido previamente aceptados como estudiantes por  una institución universitaria de Hawaii, para los que no lo consideró aplicable, en razón del vínculo previo,

“La propia orden ejecutiva distingue entre extranjeros que tienen algún tipo de conexión con este país y quienes no la tienen, estableciendo un sistema de excepción por caso dirigido fundamentalmente a los individuos situados en la primera categoría”, dice el fallo. Y, respecto del caso, establece:

“Un extranjero que desee la entrada en territorio estadounidense para visitar o incluso vivir con un miembro de su familia, claramente posee dicho vínculo. En lo que respecta a la relación con personas jurídicas, el vínculo debe ser formal, documentado y efectuado de forma ordinaria, no con la finalidad de evadir el cumplimiento de la orden. Los nacionales de los países mencionados en dicha Orden que han sido admitidos como estudiantes por la Universidad de Hawaii ostentan dicha relación, de la misma forma que lo hacen los trabajadores que hayan aceptado una oferta de empleo de una empresa estadounidense, o quien haya sido invitado a impartir una conferencia en territorio americano.”

Se trata de un fallo elaborado per curiam, es decir, como una expresión impersonal del tribunal en su integridad. Pero el voto coincidente con disidencia pacial de los tres miembros “conservadores” de la Corte –Clarence Thomas, Samuel Alito y Neil Gorsuch, este último designado durante el actual mandato presidencial – resulta ilustrativo.Este voto particular considera que debió revocarse la medida cautelar en su integridad, y no parcialmente. Acoge para ello los argumentos del gobierno utilizando el argumento de la salus publica: “ponderando el interés del gobierno en preservar la seguridad nacional y los daños que podría causar a los recurrentes la ejecución del acto, ha de prevalecer el interés público.” No obstante, el voto particular manifiesta a continuación que: “Habría sido, quizá, razonable que el Tribunal mantuviese la suspensión únicamente en lo que respecta a las partes recurridas. Pero se extiende la medida a partes sin identificar, integrantes de un grupo no identificado de nacionales extranjeros. Y no consta que ninguna parte procesal haya solicitado la medida que el Tribunal adopta hoy. El voto particular imputa a la sentencia, pues,  incongruencia al  fallar más allá de lo peticionado. Los disidentes parciales parecen prever que, con el criterio adoptado, se plantearán en el futuro nuevos casos, ya que el nudo de  la controversia se trasladará ahora a verificar si se cumple o no en cada caso el requisito de la conexión previa con los EE.UU.

Por otra parte, la expresión del tribunal per curiam señala que los cuatro miembros adscriptos al ala liberal de la Corte, esto es, Ruth Gisburn, Stephen Breyer, Sonia Sotomayor y Elena Kagan, apoyaron el decreto en la sustancia, respecto del argumento basal de la seguridad nacional frente al ingreso de extranjeros provenientes de países donde la recluta del terrorismo fundamentalista islámico suele ser más nutrida.

El fallo, más por su oportunidad y alcances que por la novedad de su doctrina,  da para muchas reflexiones, de las que solo apuntaré dos.  La primera se refiere a SCOTUS y su indudable función política –reflejada, entre otros aspecto, en las tendencias encontradas en su composición-  que intenta no expresarse en un registro partisan, esto es, partidario de estricta observancia. Aunque no siempre en su larga historia el alto tribunal  lo ha conseguido, dispensa cada tanto lecciones de prudencia tanto judicial como propiamente política, y la resolución de este caso es buen ejemplo de ello. Obsérvese el chirlo ejemplarizador que el plenario le aplica a tanto juez federal apresurado y partisan, de esos que crean inmediato regocijo y  expandido rataplán en la videología mediática –“justicias legítimas” se cuecen en todos lados. SCOTUS sabe echar mano y matizar adecuadamente el argumento primordial de la seguridad interior, y sabe también cómo  poner orden en la tropa inquieta de los jueces federales.  Les señala que hay trances en que deben mirar más lejos que las jaculatorias de los manuales, compuestas para los quehaceres de la normalidad. Les recuerda que el sostén de las murallas de la ciudad, donde se encierra el buen orden que las constituciones propician,   es un deber más importante que los quince minutos de notoriedad que se regalan a cualquier beligerancia activista.  Ello  sin perjuicio de las diversas y hasta opuestas ecuaciones personales  y visiones del mundo que los justices poseen.  Todo en trece páginas, más tres de la disidencia parcial, y tres meses y medio, transcurridos en tres instancias, desde el dictado de la medida cautelar.

La segunda reflexión  nos recuerda una oposición entre levantar muros o tender puentes, que se planteó hace un tiempo, con protagonismos encontrados de Donald Trump y el papa Francisco, alrededor de las migraciones masivas, el alud de refugiados y el ingreso de terroristas mezclados entre aquéllos. Ambas arquitecturas –muros y puentes- han acompañado desde muy lejos la peripecia humana, y sería tan arduo como inútil  convertirlas en banderas para un choque de opuestos. Quizás por ese fragor sin sentido se olvidaron de una tercera, y también imprescindible, necesidad arquitectónica. Me refiero a las puertas.  El adentro y el afuera, delimitación imprescindible para señalar los ámbitos de la vida: lo público y lo privado; lo nuestro y lo del otro; lo común y lo propio. Estamos ante un problema de puertas: cuán abiertas pueden estar, cuánto entornarlas, qué problemas abre su cierre. SCOTUS se ha pronunciado al respecto.

Sólo queda agregar que este pronunciamiento no ha merecido la atención de las jaurías mediáticas siempre afanándose dcon el colmillo a la vista detrás de la “posverdad”.  Tanto esfuerzo y justo vino a escurrírseles  este ejercicio de puesta en claro  de aquí y ahora.-


domingo, mayo 14, 2017

EL METROBUS NO LLEGA AL PARAÍSO
















Molière, que además de ejercitar el castigat ridendo mores en sus comedias fue abogado, de poder balconear nuestras peripecias locales, en especial las forenses y sus adyacencias y concomitancias políticas, encontraría allí buen material para una reprise rioplatense de su "Tartufo o la Comedia del Impostor".  Reunió en ese personaje la suma de la hipocresía y la doblez, recubierta de afectación, untuosidad beata y gesticulación políticamente correcta. Toda bagatela que se apartase de sus pontificaciones resultaba pecado y exaltación de la impunidad para este personaje, que aprovecha su ficta compostura para intentar  llevarse a la cama a la mujer del hombre que lo cree digno de los altares cívicos, y luego se queda con todos sus bienes. Claro que el casting resultaría problemático: multitud de aspirantes atropellándose por el protagónico.  Cierto presidente de la Corte enfermo de importancia personal ; un tal ministro de justicia que no maneja ni la maestranza; un quídam que dragonea de jefe de gabinete, creo; un cortesano de Costa Rica que invirtió sus pareceres y ahora es abolicionista de garantías; un fulano senatorial pro tempore que aparenta un Licurgo en chancletas...pero, caramba, si se nos viene al humo la clase política íntegra en estampida. Hay tantos tartufos multiplicados  entre nosotros, tantos meapilas cívicos que se indignan dos por uno, tanto ignorante que cubre su burrez con sinrazones de juris non consulto ; tanto defensor de la Humanidad que ha hecho de ello un buen negocio abierto a toda hora;  tanto palabrero al modo de aquel diablito jefe que, según Dante, avea del cul fatto trombetta, que no hay posibilidad de escenificar un caso sino de una  presentación colectiva: vivimos en una Tartufolandia y en su lodo discepoliano todos chapaleando.








Zaffaroni, con la autoridad de haber votado tiempo ha la aplicación del "dos por uno" en función de la ley penal más benigno en juicio de lesa, dice que el voto de la mayoría en Muiña contiene el "error técnico" de aplicación retroactiva de una ley, cuando la cuestión es a la inversa: ultraactividad  de una ley intermedia. Garavano, con un gesto de módico mártir de la inconsecuencia, gargariza que el fallo fue "excesivamente garantista y antisistema", con lo que repristina el calificativo de "destituyente", grato al cristinato tan denostado. Desde su exigüidad jurídica, el fiscal Marijuan imputa por prevaricato a los firmantes mayoritarios del fallo. Pinedo intenta una ley y Victoria Donda se la aumenta,  la 27362, esperpento votado en casi unanimidad por un Congreso sumido en el sueño de la razón con que despuntan las campañas electorales. No se conoce en la práctica, ni es función legislativa, el dictado de una ley "interpretativa" de una norma derogada. Puede haber una ley aclaratoria, que lo debe ser de una anterior vigente. Pero aquí los legisladores convocan a un muerto y le dicen retroactivamente a los forenses cómo deben reescribir la necropsia. Nuestro Congreso, formado por gente ducha en el arte más o menos marrullero de la componenda,  se ha superado a sí mismo:  ha perdido, a la vez, la razón y la continencia de su esfera de competencias. Con un producto que, rectamente interpretado, no podría alterar la benignidad intermedia del antiguo texto del at. 7º de la ley 24390. Pero cosas veredes...




El gobierno, a los bandazos por la oquedad de su cabeza política, ha torpedeado a la Corte Suprema que contribuyó a renovar y vuelve a estar como al principio. El gran tartufo judicial que acosaba la doctora Carrió se ha anotado un triunfo y los dos ministros ingresantes han quedado como  aprendices chambones destinados a seguir en adelante a la manada. "Les faltó un poco más de calle", sentencia Pichetto, que la sabe lunga. Y ya se anuncia por la prensa oficiosa un fallo unánime, que deje contenta a la clase política, a la videología de entrecasa de los medios, y a las orgas que han hecho de la religión secular de los derechos humanos un instrumento tartufesco de opresión santurrona,  a la manera de una nueva "cábala de devotos"  que distribuye beatificaciones y anatemas y se constituye en supremo y exclusivo juez moral. En nuestros tiempos donde se ha borrado todo horizonte de sentido, y donde todas las conductas valen por igual,  impera  un moralismo laico de venenosa raíz totalitaria, bajo los preceptos del "derechohumanismo" convertido en religión. Allí los tartufos proliferan, pontifican y condenan, sirviéndose a placer del brazo armado del derecho y del tribunal instantáneo de los medios. Habiendo concentrado en el bando de los réprobos a los represores, aplicándoles un derecho penal del enemigo  donde las garantías quedan allanadas, ha sido fácil al resto -incluidos algunos participantes en el Proceso- rehacerse una virginidad y mostrar credenciales de la nueva devoción. Fausto pretendía pactar con el Diablo, pero los tartufos creen poder lograr más fáciles acomodos con el Cielo.






El gobierno actual nunca llegó a comprender cuál es el impulso que le dio el triunfo electoral: una clase media sin representación ni voz política, en vías de ser acorralada. Que volvió a expresarse  el 1º de abril, no para apoyar a Let's Change  sino para marcar que estaba presente, hastiada de un movimientismo callejero reivindicativo del pasado K. Gobernar contra la base electoral, repartir culposamente recursos exprimidos de los tributos para ganar un respiro ante el chantaje en calles y plazas de "revolucionarios" subsidiados, reducir la política a la economía y ésta a un acto de fe en la lluvia inversiones que ha de caer algún día de cualquier manera, sacrificar a la Corte para "no quedar pegados" haciendo cristinismo + 1, son maniobras de volido corto. Sí, cierto, queda el Metrobus. Soy un peatón armado de SUBE, y lo agradezco. Pero ni el Metrobus puede ser un sucedáneo motorizado del Santo Grial, ni su punto final -como los discursos presidenciales parecen proclamar- es el Paraíso.-







martes, mayo 09, 2017

Dos por uno: el cuco del PRO





El fallo de la Corte Suprema de Justicia sobre los alcances del "dos por uno" contenido en el art. 7º de la ley 24390 hasta su derogación en 2001, extensivo al cómputo de las condenas por delitos "de lesa humanidad", en virtud de la aplicación de la ley más benigna, despertó al orfeón consabido de la progresía jurídica, que incluso ha llegado -por mano de Marcelo Parrilli, uno de sus sochantres- a una denuncia por "prevaricato" contra los firmantes de la posición mayoritaria; no falta tampoco la iniciativa del juicio político contra los ponentes de la mayoría.  Esto, para cualquiera con un mínimo de información sobre lo que habitualmente sucede en el ámbito forense, no es ninguna novedad; más bien, resulta lo común y corriente esperado. Lo único que podría apuntarse como paradójico de la queja es que los aboligarantistas más empinados se junten para reclamar un recorte de garantías. En fin, ya se sabe que la coherencia no es un hábito de nuestras pampas.  También ha recorrido los pasillos gubernativos un susurro de mieditis y un sobresalto de julepe: "¡no quedemos pegados! ¡Ojo a las encuestas!".  Abruj con alguna vacilación inicial; Peña, ya con bajada de línea del dómine Durán Barba; Federico Pinedo con gargarizaciones informativas acerca de que por el Senado el bloque de Let's Change propondría "limitar, los alcances del 2 x 1"; luego María Eugenia Vidal sumándose al coro y quizás mañana el mismo presidente en la próxima inauguración de alguna copa de leche: unánime repudio. Se han dado algunas cosas curiosas: por primera vez Let's Change coincide con Cristina viajera que retorna a la patria para luchar contra la Corte. Y, por la avenida del medio, vino servicialmente galopando Sergio Massa para  postularse a denunciar el fallo ante la CIDH. Faltó Tinelli para un cartón lleno de nuestras élites doradas.

 

Una mirada más fina y distante nos alecciona que la posición de la mayoría es jurídicamente muy fuerte, aunque fulminable fácilmente desde los altares de la corrección política, ante la que dobla la rodilla reverente nuestra dirigencia.




 

La ley 24390, con su art. 7º ofreciendo 2 x 1  - a partir de los dos años de prisión sin condena firme cada día de prisión preventiva se computa como dos de prisión- fue dictada al mismo tiempo que entraba en vigor la CADH (Pacto de San José de Costa Rica) como convención con jerarquía constitucional. Dos años, se entendió, era un " plazo razonable" para obtener sentencia en un juicio penal. A partir de ahí, se estableció una suerte de contrapeso para el imputado en el caso de duración anormal de un juicio sin condena más allá de ese término. El problema, pues, residía y reside en la excesiva extensión en el tiempo de los juicios, y poco se ha hecho y poco podrá hacerse en la materia, que reúna las dos puntas del problema: obtener una sentencia de mérito definitiva en materia penal en "plazo razonable", de una parte, y de la otra, que las garantías procesales del encartado sean en ese lapso efectivamente respetadas. El 2 x 1 fue derogado en 2001, cuando se llegó al convencimiento de que nuestra agencia judicial no podía encontrar la manera de gestionar razonabilidad en los tiempos de duración de sus procesos.

 

 

Por otra parte, y es el nudo del fallo, debe tenerse en cuenta un viejo pilar de las garantías del reo llevado ante un tribunal penal: la aplicación de la ley más benigna al tiempo de la condena. Hoy se plantea como derivación del principio pro homine; esto es,   la interpretación más amplia  cuando se trate lo más favorecedor a la desincriminación del encartado; la interpretación más restringida en cuanto atañe a lo que puede incriminarlo.  La aplicación de la ley más benigna funciona retroactivamente, cuando una conducta atrapada en un tipo penal, en cuya virtud se enjuicia a quien incurrió en ella, es luego desincriminada u objeto de una mejora en sus escalas penales. Funciona ultraacivamente en el caso inverso, cuando una conducta inicialmente desincriminada es luego tipificada penalmente o se agravan las penas para ella. Hay, en fin -y este es el caso en "Muiña", respecto del cómputo de la pena- una "benignidad intermedia":  si el legislador incrimina, luego desincrimina o mejora, y luego vuelve a incriminar o desmejorar  una conducta y su consecuencia penal.  Todo esto surge del art. 2º del Código Penal, de la CADH (art. 9º) y del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (art. 15.1), que tienen jerarquía constitucional entre nosotros. También el Estatuto de Roma (24.2), convención suscripta por nuestro país que se refiere a crímenes de lesa humanidad, contiene este recaudo de garantía.

 

La mayoría de la Corte dice, pues, que la garantía de la ley penal más benigna -en este caso, referida al cómputo de la pena- debe ser aplicada al caso de Muiña, condenado a 13 años por privación ilegal de la libertad de personas, dentro de  los procesos por "lesa humanidad" -cumplió ya diez de su condena-, por aplicación de una ley intermedia entre la comisión de los hechos y su sentencia. La circunstancia específica de tratarse de un delito "de lesa humanidad" no impide que se aplique la ley más benigna, puesto que la norma no establece una excepción en tal caso (y recuerda el Estatuto de Roma, que contempla el beneficio,  para más abundamiento).  Que dichos delitos sean imprescriptibles y que se considere que no pueden ser objeto de amnistía o indulto (conclusión esta última discutible)  no puede utilizarse para extender analógicamente estas circunstancias a la aplicación de la ley más benigna, garantía que no tiene en el caso cortapisa alguna.

 

Los argumentos de la minoría son rixari de lana caprina. Que no hay sucesión sino "coexistencia" de leyes. Que en los delitos de ejecución continuada o permanente sólo puede aplicarse la ley vigente en la última etapa de su consumación -opinión contraria a la de Zaffaroni, que hoy sin embargo se ha unido a la grita anticortesana, aunque propicia que se parta de la que estuviera en vigor al momento de la comisión del hecho. Que el beneficio no puede aplicarse a delitos de lesa humanidad, condición no contemplada en la ley. Que el beneficio del 2 x 1 sólo puede alcanzar  a quienes estuvieron presos bajo su vigencia. (Estas dos últimas limitaciones sólo podrían surgir del arbitrio judicial y no de la letra y espíritu de la norma). Que la "valoración social"  sobre el cómputo de la pena en los delitos de lesa humanidad no varió aun durante el período de vigencia del beneficio. Pero, como bien dice la mayoría, no es el criterio judicial el que puede disponer a su antojo de poner o levantar limitaciones legales en nombre de la "valoración social", sino el legislador. Repugnándome como me repugna el acudir a lo que Leo Strauss llamaba la reductio ad hitlerum, que sirve falazmente para cerrar una discusión infamando al contrario, si dejásemos a los jueces penales una interpretación de la ley aplicable a la luz de la "valoración social" que puedan vislumbrar en cada época, ¿no nos estaríamos acercando peligrosamente a aquel establecimiento de  las imputaciones penales conforme al cual se "merece pena según la idea fundamental de una ley penal y el sano sentimiento popular -gesundes Volksempfindes" de la Alemania de 1935?

 

Tenemos casi un  millar de personas detenidas, procesadas y una parte condenadas por delitos "de lesa humanidad" que habrían cometido entre 1976 y 1983.  Para juzgarlos,  a partir de de 200, se estableció un derecho penal y procesal penal de dos velocidades: una, para los juicios ordinarios, donde, en principio, rigen las garantías del proceso justo y  los principios básicos del derecho penal liberal; otra, para los juicios contra represores por delitos de lesa humanidad, donde aquellas garantías no tienen vigor y aquellos principios pueden y hasta deben ser dejados de lado. Nuestro país, como se sabe, transitó dos caminos distintos respecto de los delitos cometidos tanto por dispositivos estatales o paraestatales como por organizaciones terroristas, durante los años 70 y 80. El primero fue inaugurado por el entonces presidente Raúl Alfonsín en diciembre de 1983 con los decretos 157 y 158, por los que se ordenaba enjuiciar tanto a las juntas militares de 1976 a 1983 como a dirigentes de las organizaciones Montoneros y ERP. Las principales etapas de este camino fueron las leyes de  punto final y obediencia debida de 1986 y 1987, los indultos dictados por el gobierno posterior y las decisiones de la Corte Suprema de Justicia entre 1987 y 1993, que convalidaron la constitucionalidad de todas aquellas disposiciones.  Se iniciaron entonces unos “juicios de la verdad”, en puridad instancias para que víctimas y familiares pudiesen llegar a certidumbres sobre sus deudos a través de quienes los enfrentaron, pero sin instrumentos que permitiesen la no incriminación,  por lo que se frustró todo resultado positivo.  El otro dispar camino arrancó en 2003, jalonado por diversos fallos en los que la Corte Suprema de Justicia, con algunos de sus integrantes que se habían expedido por la constitucionalidad en los fallos anteriores, procedió a nulificar aquellos decisorios y las leyes antecedentes, sentando la imprescriptibilidad de los actos cometidos   desde la órbita estatal y paraestatal exclusivamente. La tipificación de los delitos  de lesa humanidad se estableció a partir del derecho consuetudinario  internacional, reajustándose así, en esta mudanza, los principios clásicos:

 

  • Principio de legalidad, de ley previa y escrita, en cuanto a la predeterminación normativa tanto del tipo penal como de la escala pena aplicable.
  • Principio de irretroactividad de las normas penales, y de su correlativo en el derecho internacional público, que es el de intertemporalidad (los hechos deben ser juzgados a la luz del derecho vigente cuando ocurrieron)
  • Principio de irrrevisibilidad de la cosa juzgada y del non bis in idem (no se puede juzgar dos veces por la misma causa).
  • Principio de interpretación de la ley penal pro persona, de donde deriva el in dubio pro reo y la aplicación de la ley penal más benigna.
  • Prohibición de la interpretación analógica de la ley penal contra el imputado.
  • Invocación dogmática de la costumbre internacional como sucedáneo de la ley penal escrita, sin probar esa costumbre y atribuyéndole fuerza imperativa (jus cogens).
  • No aplicación de la obligación asumida por el país de conformidad con el Pacto de San José de Costa Rica de que los juicios duren un “plazo razonable” y se eviten las prisiones preventivas de duración indefinida.
  • Agravamiento de las condiciones carcelarias para procesados y condenados cuya edad promedio ronda los sesenta años.
  • Incumplimiento de las normas respecto de presos de más de setenta años, enfermos, etc., con negativas a atención hospitalaria adecuada y a la detención domiciliaria (es la Corte en su composición actual la que cambió la orientación predominante hasta entonces, autorizando esos benficios –caso “Alespeiti”, de 85 años de edad, 18/04/17)

 

Ni el Estatuto de Roma ni su interpretación por la Corte Penal Internacional, para referirnos a un nivel global, han querido apartarse de una sujeción  estricta al principio de irretroactividad de la ley penal, consecuencia de principio de legalidad previa, ni tampoco del beneficio de la ley más benigna, lo que muestra las particularidades del criterio local.

 

Como sea, cabe a esta altura una reflexión más allá de la cuestión jurídica, sobre los efectos que estos vaivenes han tenido en los profundo de nuestra sociedad. Porque las alteraciones de raíz en los criterios judiciales, independientemente de su valoración técnica, tienen efectos expansivos sobre las sociedades, muchas veces no advertibles de inmediato, pero que en algún momento afloran. En su disidencia en el caso “Mazzeo”, la doctora Carmen Argibay –víctima ella misma, en su tiempo, de la contrainsurgencia- advirtió sobre el peligro de considerar “trivial y contingente” la autoridad  de cosa juzgada en una sentencia, ya que ello podría abrir  la posibilidad de que otra composición  de los estrados hiciese valer luego su parecer contrario, impidiendo así el cierre definitivo de cuestiones que conllevan heridas profundas abiertas sobre disentimientos extremos en el cuerpo social. La reflexión apunta a la circularidad que deja abierta la llaga y conduce a la respuesta vindicativa, en un patético empuje a los extremos.  Los argentinos estamos envueltos en el ciclo de una violencia recíproca desatada en escalones de constante ascenso. Las instituciones aparecen desprestigiadas y sus voceros  no traen respuestas creíbles. Asoma, sobre todo, la fragilidad de la administración judicial para gestionar a través de sus resortes procesales estos conflictos profundos. El estrado  judicial se muestra casi obligado a forzar en muchos casos  los  principios recibidos y aceptados, y cuando los aplica, como ha ocurrido ahora, se lo infama y sepulta bajo el pataleo militante.  Frente a la atención pública aparece como inocuo ante la delincuencia común y sin arrojar verdad ante los crímenes de los 70 y 80.  La venganza privada, ciega y pulsional, asoma ahora con frecuencia. Las víctimas, en todos los casos, requieren reconocimiento y las certidumbres que contribuyan a cerrar su duelo. No es su condición de víctimas la que puede llevarlas a la circularidad vengativa sino, entre otros factores, pero con mayor peso, el mal proceso. Trato adecuado a la víctima y trato justo al reo no se obtienen maltratando el derecho. El repudio ideológico, jurídicamente inmotivado, al fallo de la Corte que aplica el beneficio de la ley más benigna a los juicios  por delitos de lesa humanidad, y la obsecuencia temerosa que nuestra clase dirigente, nos paraliza en una constante repetición de una guerra librada de más de medio siglo atrás. Esta es la herencia que dejamos a nuestros descendientes, y esta es la responsabilidad que hoy alcanza a nuestra dirigencia papanatesca y desnorteada.-    




Para que no se tenga que ir a Wikipedia: rixari de lana caprina: discutir sobre si la cabra tiene pelo o tiene lana; discutir artificiosa y sofísticamente

 





jueves, marzo 09, 2017

SOBRE LA MUJER Y SU DÍA

Después de "tetazos" y de depredación contra la Catedral; luego de tanta parla vana que debió oírse por el Día de la Mujer, cuando iba a echar mi cuarto a espadas en el asunto en este blog, encontré el siguiente artículo del fino poeta y bloguero español García-Maíquez. Sólo restaba pegarlo y  ponerlo bajo la protección de uno de los más penetrantes espíritus femeninos del siglo XX






PLUS FEMENINO


La primera tentación del articulista es plantarse ante el Día Internacional de la Mujer con pose equidistante. Preguntándose por qué demonios no hay un Día Internacional del Hombre, más allá de algún intento provinciano y mimético. La discriminación positiva nos dará de inmediato su respuesta automática: porque a la mujer le hace falta. No tengo claro si es muy correcta o no, al menos desde un punto de vista diplomático. Aunque si la discriminación positiva lo dice, será porque quedan, en efecto, cosas que afinar. El poeta Francisco Bejarano lleva años advirtiéndonos que, cuando dedican un día internacional a algo, hay que echarse a temblar, porque lo necesita. Hay Día del Libro, ay, pero no del Fútbol.
Yo prefiero alinearme con don Álvaro d’Ors. Defendía el masculino genérico porque no era un simple signo arbitrario del idioma ni, mucho menos, que la economía (ni siquiera la lingüística) lo explicase todo. Existe un trasfondo antropológico y metafísico. El Hombre es el mínimo común denominador de lo humano. La Mujer: una especialización, un perfeccionamiento, un modelo de gama alta. Si se usase un femenino genérico, como hacen ahora algunos y algunas a los que la larguísima redundancia de los dos géneros enseguida se les ha quedado corta, el instinto del lenguaje nos avisaría de que no cabemos en la etiqueta de las mujeres. Somos sólo hombres.
Como poco, es una explicación bien galante. Tengo empíricamente comprobado que el mejor remedio contra el machismo no es la repulsa de la virilidad, sino su exacerbación: la caballerosidad. Creo, además, que la de d’Ors es una explicación correcta. Hay en las mujeres un plus que se añade, como una superabundancia de gracia, a sus valores netos en igualdad de condiciones. Se ve bastante bien en la literatura. Wislawa Szymborska es tan buena poeta como cualquiera de los mejores y, además, es muy mujer en sus versos, lo que los dota de otra dimensión más. ¿Pareceré obvio si digo lo mismo de Jane Austen? Yo creo que sí, que lo pareceré, pero tanto no lo seré. El caso de Santa Teresa de Jesús resulta indiscutible. Y el de Safo. Y el de Emily Dickinson. Y más cerca de nosotros las poetas Isabel Escudero, Susana Benet, Amalia Bautista o Rocío Arana son paradigmáticas. Todo esto pasa igual en la vida corriente, pero es más claro —y más aséptico— ejemplificarlo con la literatura, que para eso está.
También puede ser, por supuesto, que yo —sentimental, sensible, sensitivo— tenga una intensa querencia a detectar el plus femenino, que es lo que justifica el masculino genérico, por lo mínimo común denominador, y el Día Internacional de la Mujer, por lo específico y especial. Quizá entre ellas pase lo contrario; y perciban la masculinidad como un añadido particular al género humano. Si fuese así, que no lo sé, entonces sí que habría que buscarse con urgencia un Día Internacional del Hombre. Que cada vez nos hace más falta, por cierto. Propongo que fuese, ya puestos, el mismo día, para que nadie se quedase hoy sin su otra mitad que celebrar por todo lo alto.

Enrique García-Maíquez

lunes, enero 23, 2017

UNA DEDICATORIA MUY ESPECIAL



En el post anterior hice referencia a Saúl David Alinsky (1909-1972) y su influencia en el pensamiento de Hillary Clinton y Barack Obama. Su obra "Tratado para Radicales -Manual para Revolucionarios Pragmáticos" (ed. española Traficantes de Sueños, Madrid, 2012, traducido por Marta Álvarez Sáez), donde se hallan sus incisivas Rules for Radicals y se desarrolla la estrategia de  community organizing, organización de comunidades,  lleva esta dedicatoria, más cínica que irónica:


"Que se me perdone por tener al menos un reconocimiento para el primer revolucionario: de todas nuestras leyendas, nuestra mitología y nuestra historia (y quién puede saber dónde termina la mitología y dónde empieza la historia, o cuál es cuál), el primer revolucionario conocido por el hombre, aquel que se rebeló contra el poder establecido y lo hizo de manera tan efi caz que pudo al menos ganarse su propio reino: Lucifer".
Saul Alinsky

domingo, enero 22, 2017

IT CAN'T HAPPEN HERE

 
Sinclair Lewis

"Eso no puede suceder aquí". Tal el título de una novela de Sinclair Lewis, aparecida en 1935, cuyo protagonista, Berzelius Buzz Windrip, un político que llega a la presidencia de los EE.UU. denunciando las corruptelas de la ruling class y proponiendo reformas drásticas inspiradas en los valores tradicionales de USA, se convierte, a poco de elegido, en un dictador. En la marea de fervor antitrumpista no he visto citado este antecedente.  Lewis, que venía de recibir en 1930 el Nobel de Literatura -primer norteamericano galardonado- después de "Babbitt" (1922) y "Elmer Gantry" (1927), sátiras del hombre medio estadounidense y del reformador moral, respectivamente, se dirige, en primera lectura. a la posibilidad de que prendiese un fascismo norteamericano, al modo de los regímenes entonces triunfantes en Europa; de allí el título. El personaje que parece haber tenido en la mira es el de Huey Long (1893-1935), un gran político populista, gobernador primero y luego senador por Luisiana, apodado Kingfish, el Pez Rey, que iniciaba, luego de desmarcarse de Franklin Roosevelt, su carrera a la presidencia, cortada por su asesinato. Fino escritor, sin embargo, también se desprenden de la obra de Lewis los aspectos viciados del sistema político establecido. ¿Trump = Windrip, entonces? ¿Trump = Kingfish con final de "magnatecidio" ? Ah, la facilidad y delicia de las coincidencias y de la reductio ad hitlerum... Lo curioso del caso es que la acusación de populista, y hasta de inspirado en una versión del fascismo, había sido efectuada hacía  poco respecto de...Barack Obama. Jonah Golberg la vuelca en su libro "Liberal  Fascism -The secret history of the American Left" (Doubleday, New York, 2009). La tesis de Goldberg es que existe en los EE:UU. una corriente de "fascismo progre" (así podría traducirse el título de la obra), de corte socialista estatalista, del que traza una línea que va de los hermanos Kennedy a Obama, pasando por Jimmy Carter, los Clinton (émulos de los Kirchner) hasta el POTUS saliente. El Obamacare sería una de las realizaciones salientes de este liberal fascism, sin olvidar, claro, la revolución cultural (aborto, matrimonio entre personas del mismo sexo, etc.). Se destaca la influencia, tanto en Hillary como en Barack del socialista radical Saúl Alinsky, autor de un tratado para revolucionarios pragmáticos donde se enuncian doce consejos para la acción política, sde cuño realista maquiaveliano, que -según dicen- no dejaron de tener en cuenta, en su momento, los dirigentes del Tea Party. Hillary tomó como tema de su tesis a Alinsky y Obama reconoció el papel que el pensamiento de aquél tuvo en su formación política.

Anoto estos vínculos porque Trump llega al poder como un político pragmático, sin que haya a la vista asomos de un cuerpo doctrinario -Alt-Right parece, hasta ahora, simplemente una actitud reactiva frente a la vieja política, al "partido único de los políticos"- y en algún momento deberá vincularse a una tradición política, que  en los EE:UU. reconoce antecedentes, en una enumeración algo caótica,  como Andrew Jackson, los Granger, el People's Party, Huey Long y, los intentos de Goldwater y Perot, el Tea Party  y ¿por qué no? Ronald Reagan.

Huey Long

viernes, enero 20, 2017

Santo Súbito



La canonización relámpago o panteonización de alta velocidad que las grandes cadenas informativas han ido desarrollando desde días atrás respecto de Barack Obama -así como la progresiva puesta en valor candidateable de su esposa Michelle- culmina en estos momentos en que veo entrar en la Casa Blanca a Donald Trump y su mujer, antes de marchar ambos, el saliente y el entrante POTUS, hacia el Capitolio, me han producido y producen una marea de fastidio que indica la necesidad de no postear in extenso por ahora, buscando al efecto futuras y más calmas ocasiones.  El "velo de ignorancia" que usualmente nos mostraba a la prensa como un sitio de relativa imparcialidad, ha caído por completo desde la campaña y posterior victoria electoral de Trump, hasta un punto que sorprende aun a aquéllos que con el tiempo hemos ido desarrollando un instrumental para precavernos de la habitual manipulación que atraviesa el sector informativo. Asoma el rostro de la Gorgona del poder y del desprecio por las mentalidades que se consideran imbéciles, retrógradas y condenadas a la "espiral del silencio".  Separo la anécdota de la categoría, la persona de Trump del fenómeno mucho más vasto que lo arrastra y supera las fronteras de su país. El coro de plañideros del cambio y alabanciosos del saliente, elevado a "santo súbito", es tan compacto y recurrente que aburre y abruma. "Post-truth: art of the lie", que se traduce como:  la única verdad posible es la que yo miento desde mi trono mediático.  Y el resto no sólo engaña o acepta estúpidamente la mentira, sino que sólo puede ser objeto de desprecio: los "deplorables". Chantal Delsol -"Populismos, una defensa de lo Indefendible"- dice bien: "no conozco una brutalidad mayor, en nuestras democracias, que la utilizada contra las corrientes populistas. La violencia que se les reserva excede todo límite. Se han convertido en los enemigos mayúsculos de un régimen que pretende no tener ninguno. Si fuera posible tal cosa, clavarían a sus partidarios en las puertas de las granjas". Esta intolerancia absoluta resulta la respuesta manifiestamente errónea a la rampante pérdida de credibilidad de la clase política, intelectual, empresarial, sacerdotal, de nuestra época. Tengo en claro cuál es el talón de Aquiles de la reacción populista, especialmente en lo que se refiere a la capacidad de gobierno sobre situaciones complejas, porque parte de una visión hipersimplificada de la realidad y  suele fracasar y fragmentarse ante los obstáculos puestos por los poderes financieros, las burocracias, el show-bussines y los mandarinatos intelectuales dominados por la progresía. A lo que se añaden los problemas surgentes de liderazgos que tienden a ser monolíticos. De todos modos, en el gris panorama actual de uniformización monocolor y discursos de expertocracia, en el pantano adonde conduce la destrucción de todo límite y el hachazo a todo arraigo, frente a la exaltación de un monoteísmo individualista exacerbado en que desemboca la modernidad, la reacción populista es la única que altera por el momento las reglas de juego impuestas e introduce, sin necesidad de dejarse sugestionar por ella, una bocanada de aire fresco  en las miasmas del anegamiento. Mientras tanto, observo con distancia y una punta de mordacidad, la santificación de Barack Obama -o Barry Soetoro, según los malignos rebuscadores de archivos.